¿Qué necesito para homologar mi furgoneta camper?

¿Quieres comprar o tienes una furgoneta camper propia? Seguro que la homologación de la furgo es una pregunta que se te ha pasado por la cabeza en algún momento. ¿Tengo que homologar mi camper? ¿Cómo lo hago? Bien, vamos a intentar aclararte un poco las ideas…

1. ¿QUÉ TENGO QUE HOMOLOGAR?
Por hacer un resumen rápido: Cuantas más cosas mejor. Cualquier modificación que afecte a la estructura de las furgonetas camper ha de ser homologada. Aunque esto tiene matices. Elementos que SÍ hay que homologar:
– Cualquier elemento que esté anclado
– Calefacción estacionaria
– Techos elevables
– Placa solar (Si está atornillada)
– Inversor de corriente de 12V a 220V si se hace instalación a 220V fija
– Toma de 220V o toma de agua externa
Elementos que no hay que homologar:
– Portabicis, toldos, rejillas de ventilación, mosquiteras…
– La placa solar siempre y cuando vaya pegada (No atornillada)
– Panelado interior si no supera el 5% del peso del vehículo
– Segunda batería e instalación de 12V
2. ¿PUEDO INSTALAR MUEBLES Y NO HOMOLOGARLOS?
Si, pero tienen que ser fácilmente desmontables para poder pasar la ITV sin problemas. No es lo más cómodo ya que tendrás que estar montando y desmontando muebles  cada vez que quieras pasarla. Además, por seguridad siempre se aconseja tener los muebles fijados y homologados correctamente. Salvaguardar tu seguridad es importante.
3. ¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR PARA HOMOLOGAR MI CAMPER?
1. Certificado de taller:
Este certificado detalla todo equipo o sistema que se ha modificado, sustituido o incorporado especificando marca, modelo y equipo. Este certificado lo emite el taller donde se ha hecho la reforma para garantizar que todo se ha hecho correctamente según proyecto. Si has camperizado tú tu propia furgoneta puedes pedir (bajo coste) que el ingeniero te expida este certificado.
2. Proyecto técnico:
El proyecto técnico resume la reforma al completo del vehículo y tiene que ser emitida por un ingeniero industrial colegiado. Aquí se incluyen los planos tanto antes como después de la camperización así como los cálculos de la aerodinámica del vehículo con los nuevos pesos producto de la reforma.
3. Informe de conformidad:
Un laboratorio de coche será el encargado de realizar el informe de conformidad de tu furgoneta camper. Este certificado se asegura que tu furgoneta cumpla con todas las normas que exige la normativa de homologación de vehículos.
4. Instalación de gas:
En caso de tener una instalación de gas necesitarás un boletín de gas que certifique que la instalación es segura. Este certificado lo puede expedir la persona autorizada que haya realizado la instalación.
5. Boletín de electricidad:
De la misma forma que el boletín de gas necesitarás un boletín de electricidad que certifique que la instalación está en buen estado y que no causará problemas. Este certificado sólo es necesario si la instalación es a 220v y deberá ser emitida por un instalador profesional autorizado.
2. ¿Y DESPUÉS?
Ya sólo nos queda el paso final: La ITV. Una vez reunidos todos los documentos anteriormente mencionados debemos de pasar el «examen final». Primero se envían los documentos a la ITV para que puedan estudiar las nuevas modificaciones. Una vez finalizado este paso te darán cita donde se realizarán varias pruebas tales como calcular el peso del coche con las nuevas transformaciones del vehículo, comprobar que los informes emitidos coinciden con los cambios realizados en el vehículo, etc. Finalmente tendremos que pasar una ITV especial llamada «ITV de reforma» donde se revisa la reforma íntegramente. Si la ficha técnica emitida es favorable la ITV considerará en dicha ficha técnica a nuestro vehículo como furgón vivienda (Hay otras calificaciones que resumiremos más abajo).
3. CLASIFICACIÓN DE VEHÍCULOS SEGÚN MODIFICACIONES
1. Vehículo turismo:
Únicamente puede ser usado para el transporte de personas y de sus pertenencias (véase como ejemplo maletas). No puede transportar muebles ni anclados ni atornillados. Su capacidad es de 9 personas incluido el conductor.
2. Vehículo Mixto adaptable:
Puede transportar tanto personas como mercancía. Esta mercancía no podrá ir anclada ni atornillada ya que habría que homologarla como vivienda. Pueden transportar de forma simultánea a personas y carga siempre y cuando estén separados por la rejilla de seguridad pertinente. Aquí también pueden ir hasta 9 personas de forma simultánea (incluyendo conductor) siempre y cuando la furgoneta tenga capacidad para ello.
3. Vehículo derivado de turismo:
En este caso el vehículo conservará solamente los asientos de la parte delantera (normalmente son 3) y dejará la parte trasera únicamente para carga.
4. Furgón vivienda:
Aquí clasificamos a los vehículos cuyo peso no supera los 3500kg. La clasificación original ha de ser furgón o mixto adaptable y debe tener al menos anclado una cama o algún mueble. Existen 3 subtipos:
– Turismo con accesorios: Se homologan uno por uno los accesorios que vamos instalando en nuestra furgoneta.
– Turismo vivienda: Turismo dedicado al transporte de mercancías que ha sido modificado para acoger una vivienda en su interior.
– AutocaravanaSu clasificación original ha de ser furgón, furgón mixto o furgón vivienda. La carga máxima sigue siendo 3500kg y ha de albergar en su interior una cama, módulo de cocina, armarios y mesa.
3. ¿HACERLO POCO A POCO O DE GOLPE?

Recomendamos siempre hacer la homologación de golpe ya que, si añadimos elementos poco a poco, tendremos que pagar por cada vez queramos homologar dichos cambios además de pasar nuevamente por los procesos que hemos mencionado con anterioridad. Si quieres ahorrar tiempo y dinero te recomendamos homologar tu furgoneta camper de una.

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